Código Financiero Artículo 60 H Estado de México
Código Financiero México
Artículo 60 H.
Tratándose de aeronaves usadas, el impuesto será el que resulte de multiplicar el importe del impuesto que se hubiese causado en el ejercicio fiscal inmediato anterior por el factor que corresponda, conforme a los años de antigüedad del vehículo, de acuerdo con la siguiente:
TABLA
Años de
antigüedad Factor de
depreciación
0 1
1 0.900
2 0.889
3 0.877
4 0.857
5 0.833
6 0.800
7 0.750
8 0.667
9 0.500
10 en adelante 0.300
El resultado obtenido conforme al párrafo anterior, se actualizará de acuerdo con el factor de actualización determinado con base en lo establecido en el segundo párrafo del artículo 60 C de éste Código.
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Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?
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